MANEJO DE FAUNA III. El ROL DEL ESTADO.

El rol del Estado es fundamental, pero solamente debe de actuar como ente regulador y como garante de que el bien comunal sea preservado. Por Daniel Stilmann.

Salvo en unas pocas provincias del Centro y Sur del país, la explotación de la caza mayor deportiva en la Argentina no está adecuadamente legislada e implementada., tarea que le compete al Estado.

La caza mayor y menor en nuestro país, no está explotada como la pesca deportiva, la cual posee una industria floreciente y cuenta con un mayor apoyo por parte del Estado en materia de regulación y protección, pero que dista mucho de ser la industria y el generador de recursos que es en otros países.

El problema se agrava en una nación como la nuestra, donde el requisito fundamental para ocupar cualquier cargo público, incluyendo aquellos relacionados con el control y manejo de la fauna, es ser político del partido gobernante. Por supuesto las personas nombradas para ocupar dichas posiciones carecen por lo general del conocimiento mínimo necesario al respecto de la tarea que se les encomienda, y por lo general sus decisiones están basadas en las necesidades de sus agendas políticas privadas, y no las de la fauna o del bien que se les encarga custodiar.

Además de esto el Estado carece de los medios necesarios para realizar la tarea de regulación de la fauna, y los esfuerzos privados para proteger y explotar racionalmente la fauna son por el momento insuficientes. Esto presupone una pérdida de ingresos para la Nación, las Provincias y un impedimento para el crecimiento del sector privado en el área.

En un momento donde se están creando nuevos impuestos sobre bienes ya gravados como una forma de aumentar la recaudación fiscal, por falta de organización se deja de lado un importante recurso natural renovable que, además, es fuente potencial de trabajo e ingresos para diferentes sectores (agropecuario, turismo, transporte, fabricantes de equipos e indumentaria de caza, fabricas de armas y cartuchos, etc.).

¿Cuál es la tarea que el Estado debe cumplir? Su misión es la de generar la legislación adecuada, asegurar su cumplimiento e implementar la recaudación en forma de licencias y permisos de caza, y devolver esos dineros al lugar de donde salió, en este caso a los deportistas. ¿Cómo? Aplicándolo aumentando el número de guardas de parques, vehículos y estudios dedicados a la protección de la fauna, cursos de capacitación, reintroducción de especies, etc, etc, y no para pagar asados partidarios el día antes de las elecciones.

Por otro lado, la explotación queda en manos privadas y es llevada a cabo por los dueños de la tierra, y en ésta fase el Estado debe de mantenerse al margen.

Como responsable por el medio ambiente de la Nación, es el Estado quien debe implementar las leyes necesarias para poner en marcha la preservación y explotación de la Fauna, considerada como un recurso renovable de primera magnitud. Pero previamente deben de ser aclaradas algunas reglas básicas al respecto.

La primera de ellas es que el Estado para legislar sobre la fauna debe de apoyarse en la opinión y experiencia de los biólogos. Algo tan importante como una parte del ecosistema no puede ser dejado en manos de personas no entrenadas en el particular, y menos aún cuando las mismas son capaces de tomar decisiones tan importantes pensando en las necesidades de su partido y no de la Nación.

Si bien la fauna de un país es bien común (res nulis), de manera que pertenece al Estado y a la sociedad toda, no ocurre lo mismo con la tierra, que es propiedad de los individuos. En la situación actual esto nos deja con un área no reglamentada que es fuente de conflictos entre dueños de la tierra, cazadores, no cazadores, el Estado y oportunistas como los furtivos. Los cuatro primeros grupos poseen derechos y obligaciones, mientras que el último es un problema de la Ley. Veamos brevemente estos derechos y obligaciones de cada uno.

La conservación y la explotación de la fauna forman parte de los derechos y obligaciones del Estado. Por lo general, la conservación sin explotación es peligrosa y carece de sentido.

La superpoblación de cualquier grupo animal por protección desmedida es fuente de desequilibrio de la población. El crecimiento anormal es seguido de epidemias y/o la muerte debido a falta de alimentación al sobrepasarse la capacidad de acarreo de la tierra.

Estos dos mecanismos son, junto con el hombre y otros depredadores, una de las formas de la naturaleza para el control de población. Si bien podríamos dejarlos actuar en nuestro reemplazo, esto significa perder la oportunidad de explotar correctamente y a nuestro favor un recurso natural renovable, ya establecido y puesto a prueba. No por que el Estado favorezca esta explotación, dejará de ser humanitario. Es tan malo o bueno como dejar que el equilibrio de la población del grupo se establezca por sí mismo, por intermedio del hambre o las epidemias.

En aquellos casos donde las poblaciones de animales que desean ser explotados no están en peligro, el Estado es responsable por la venta de licencias de caza, como medio de recaudación de fondos y también de hacer respetar la ley y los derechos de todos. Esto incluye a los cazadores, grupos de pseudo ecologistas que se oponen a la actividad, dueños de la tierra en particular y a la Nación en general. Cada uno de estos grupos posee derechos y deberes.

Los cazadores pueden hacer uso de la fauna perteneciente a la Nación. Este es su derecho, el cual adquieren mediante la compra de una licencia. Los fondos recaudados por intermedio de la misma son aplicados a la protección de la fauna, creación y mantenimiento de Parques, sueldos de agentes Estatales como Guarda Parques, etc. De esta manera, el cazador, a través del pago realizado para obtener su licencia, está ayudando a proteger la especie que caza y al mismo tiempo generando fuentes de trabajo.

Este esquema funciona en tierras fiscales como los Parques Nacionales habilitados a tal efecto. No exactamente así dentro de propiedad privada, ya que la licencia de caza no otorga al cazador el permiso al traspaso.

Este permiso debe de ser concedido por el propietario, el cual puede hacerlo gratuitamente o tiene el derecho a cobrar un arancel razonable por el mismo. El principio que sustenta esto se basa en que las mejoras de una propiedad son realizadas por el dueño de la tierra con sus fondos. Cuando la fauna utiliza estas mejoras, el propietario está en su derecho a ser recompensado económicamente por el cazador.

Y es ese cazador el que además hará uso de un guía, facilidades hoteleras, etc, ayudando así a crear y mantener una fuente de trabajo. Actualmente la caza en cotos privados es una forma de racionalizar y de diversificar la explotación de la tierra, siendo un complemento importante dentro de la economía de los agricultores y productores forestales, e incluso una forma para algunas Provincias de aprovechar vastas extensiones de terrenos fiscales o no activos.

Es deber del cazador cumplir con la ley en toda su extensión y respetar la propiedad privada, así como es un derecho del dueño de la tierra a extender o no un permiso de entrada a la misma. Y este derecho debe de ser respetado por el cazador. De la misma manera que la negativa de acceso por parte del dueño de la tierra debe de ser fundamentada. Los daños y las molestias que originan tranqueras abiertas, animales heridos y fuegos fuera de control son algunos de los motivos para esta negativa. Por otro lado, el productor, al negar un permiso se verá privado de una fuente de ingreso, que quizá su vecino acepte. Esto balancea la ecuación.

Quedan aún por determinar los derechos de los "no cazadores". Los mismos pueden exigir la conservación de cualquiera de las especies animales autóctonas. Esto no aplica a las especies exóticas introducidas al país con fines de cría o caza. Mientras un grupo animal autóctono no esté en peligro de extinción. no pueden exigir que el mismo no sea cazado, ya que con ello pueden llevar por un lado al desequilibrio ecológico del grupo y por otro lado transgreden los derechos de terceros, incluso de aquellos no cazadores que se ven beneficiados con los recursos obtenidos por el Estado.

Este esquema, con pequeñas variaciones, funciona en naciones donde los resultados han sido excelentes. Hasta el momento esta es la única manera de conformar a todos y al mismo tiempo lograr la conservación de la fauna. Por supuesto que esto es sólo aplicable a la caza deportiva. Cuando factores comerciales, como en el caso de la cacería de la ballena, constituyen el único propósito, la cacería se transforma en matanza y deja de proteger a la especie, afectándonos a todos.

En la actualidad, dentro del mundo occidental, aún existe una cierta reticencia selectiva y poco lógica a este concepto de explotación de algunos animales. Hemos sido capaces de perfeccionar la crianza y la explotación de los vacunos al grado de afectar otras especies, pero nos negamos a reconocerlo. Por otro lado nos indignamos ante la muerte a nuestras manos de un ciervo, cuando los vacunos están todos destinados a este fin.

Lo que en realidad estamos haciendo, entre otras cosas, es dictaminar la desaparición de algunos animales para favorecer el crecimiento desmedido de otros, como ocurre con la ganadería. Estamos haciendo una selección negativa a favor de una especie. Cada día se avanza un poco más con la destrucción forestal con fines ganaderos, destruyendo el hábitat de cientos de otras especies.

Nuestra sociedad, tanto por razones de ignorancia, comerciales o de conveniencia, responde con una miopía selectiva a estos hechos, ignorándolos. Es aquí donde el Estado debe actuar. No se trata de terminar con la actividad ganadera o forestal. Sólo se requiere de una explotación racional, combinada y que permita mantener los recursos como tales; renovables. La alternativa viable es la explotación combinada de la tierra y sus recursos. En este caso la caza deportiva es una solución que permite preservar al medio ambiente y su fauna, al productor a incrementar sus entradas y a generar fuentes de trabajo, mientras que el estado incrementa la recolección de fondos destinados al bienestar común.

por Daniel Stilmann